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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1072/2009
Fecha: 2010-06-28
Carátula: BENITEZ OSVALDO ALFREDO Y OTROS C/ MENENDEZ DANIEL EDUARDO Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: debe acreditar personería en forma
EXPTE. N° 1072/2009
CARATULA: BENITEZ OSVALDO ALFREDO Y OTROS C/ MENENDEZ DANIEL EDUARDO Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, junio de 2010.-
Por presentado y domiciliado.-
Toda vez que con el instrumento acompañado no se acredita la representación invocada, a lo peticionado no ha lugar.-
En su mérito devuélvase la copia del poder acompañada.-
Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta las constancias de autos (fs. 110) hágase saber que en su caso deberá unificar el domicilio constituido.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro