include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40201
Fecha: 2010-06-25
Carátula: ESTEVEZ Antonio y SUGOSKY Patricia c/SANCOR COOP. DE SEGUROS y O. S/ Homologación
Descripción: homologacion
General Roca, 25 de junio de 2010.-s
Por presentado, parte y con domicilio.-
Atento el estado de autos, homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 7/8.-
Regulo por sus actuaciones en autos, los honorarios del Dr.Rodrigo Romera Bueno en $ 400 y los del Dr. Tomás Alberto Rodriguez en $ 400 (m.b. $ 8.000)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro