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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0667/2005
Fecha: 2005-11-22
Carátula: SALAYA RODOLFO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: PROVIDENCIA
EXPTE. Nº : 0667/2005.-
CARATULA: "SALAYA RODOLFO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS".-
VIEDMA, noviembre de 2005.-
Por presentado, parte y por constituído domicilio.
Procédase a la agregación por cuerda de las presentes actuaciones a los autos: ¨Salaya Rodolfo c/ Di Clérico Héctor y Otro s/ Sumario (Daños y perjuicios)¨ (Expte. nº 668/2005).-
Previo a todo, determínese con precisión contra quienes se dirigirá la demanda de daños y perjuicios.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro