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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0087/2008
Fecha: 2010-06-22
Carátula: OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0087/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, junio 16 de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Incluir a la Dra. Victoria Perri Sáez en la regulación de honorarios efectuada en la sentencia nº 24, folio nº 87/93 de fecha 08/06/10, en el sentido que los honorarios regulados a los letrados de la parte actora corresponden a los Dres. Raúl José Cámpora y Victoria Perri Sáez, en forma conjunta. II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, junio de 2.010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro