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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0792/2008
Fecha: 2010-06-18
Carátula: SANTAGATI MARIA TERESA Y OTRA C/ NUÑEZ LUIS Y OTROS S/ USUCAPION
Descripción: RENUNCIA DE APODERADO
EXPTE No.: 0792/2008
CARATULA: SANTAGATI MARIA TERESA Y OTRA C/ NUÑEZ LUIS Y OTROS S/ USUCAPION
Viedma, junio de 2010.-
No encontrándose acreditado en autos el cambio de titularidad dominial y toda vez que la presente acción se dirige contra el titular dominial (art. 789 inc. 4 C.Pr.), a lo peticionado no ha lugar.-
Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C.Pr., intímase a los demandados, María del Carmen Coronado de Pereira, María del Rosario Pereira y Enrique Esteban Pereira a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-
Hágase saber a la presentante que deberá continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro