Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0792/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-18

Carátula: SANTAGATI MARIA TERESA Y OTRA C/ NUÑEZ LUIS Y OTROS S/ USUCAPION

Descripción: RENUNCIA DE APODERADO

EXPTE No.: 0792/2008

CARATULA: SANTAGATI MARIA TERESA Y OTRA C/ NUÑEZ LUIS Y OTROS S/ USUCAPION

Viedma, junio de 2010.-

No encontrándose acreditado en autos el cambio de titularidad dominial y toda vez que la presente acción se dirige contra el titular dominial (art. 789 inc. 4 C.Pr.), a lo peticionado no ha lugar.-

Tiénese presente la renuncia efectuada.-

Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C.Pr., intímase a los demandados, María del Carmen Coronado de Pereira, María del Rosario Pereira y Enrique Esteban Pereira a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-

Hágase saber a la presentante que deberá continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-

Rosana Calvetti

Juez

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