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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0185/2010
Fecha: 2010-06-17
Carátula: HERRERO JUAN FRANCISCO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ MENOR CUANTIA S/ RECURSO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja ForenseDomicilio: Belgrano 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "HERRERO JUAN FRANCISCO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ MENOR CUANTIA S/ RECURSO", Expte. Nº 0185/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, junio 7 de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO:I.- Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Provincia de Río Negro a fs. 85 y revocar la sentencia atacada.-II.- Imponer las costas a la actora (art. 68 C.Pr), regulando los honorarios profesionales del Dr. Eduardo Manuel Martirena en la suma de $ 715 y los del Guillermo Campora en la suma de $ 429. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III.- Firme que se encuentre la presente vuelvan las actuaciones al Juzgado de Paz de Viedma.-IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, junio de 2.010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro