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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15674-280-10
Fecha: 2010-06-17
Carátula: JUNTA VECINAL PARQUE MELIPAL / CALCAGNO ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL S/INCIDENTE APELACION
Descripción: Interlocutoria -medida
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15674-280-10
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 15 DE JUNIO DE 2010.-
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “JUNTA VECINAL PARQUE MELIPAL c/ CALCAGNO ARMANDO s/ EJECUCION FISCAL s/ INCIDENTE DE APELACION DE HONORARIOS”, expte. nro. 15674-280-2010 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario tener a la vista los autos principales a los fines de mejor proveer, los que deberán ser requeridos a origen (art. 34 y ss. CPCC.).
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) Líbrese oficio a la instanica de origen requiriendo los autos principales y referidos a fs. 19 y sus incidentes.-
2do.) Ofíciese. Confección y diligenciamiento e impulso de autos, a cargo de la recurrente.-
3ro.) Interin, resérvense los votos emitidos. Interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-
4to.) Notifíquese, regístrese y protocolícese lo aquí decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro