include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0329/2009
Fecha: 2010-06-16
Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ ALOMA ROBERTO RAMON Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0329/2009
CARATULA: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ ALOMA ROBERTO RAMON Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2.010.-
Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que perciben los demandados ROBERTO RAMON ALOMA y EZEQUIEL NICOLAS AGUIRRE en las proporciones de ley, como empleados de Aguas Rionegrinas S.A., hasta cubrir la suma de $ 1.783,91 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 494 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden de la suscripta y como perteneciente a autos.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro