Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38907

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-16

Carátula: AVALIS Lisandro Argentino S/ Sucesión

Descripción: audiencia

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 9,50 hs. del día 16 de junio de 2010, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. Alicia Mustafa con el patrocinio letrado del Dr. Sebastian Orlando Rey, y el Dr. Francisco Quiroga en el caracter de apoderado de Celina Avalis.- Abierto el acto y luego de un intercambio de ideas, el Dr. Rey informa que la Sra. Mustafa fue concubina del causante por mas de 20 años, y por ello tienen en condominio un rodado dominio WRD 946, modelo 67.- Que dicho bien le causa problemas por ser una casa rodante no solo en cuanto al espacio fisico sino tambien en cuanto a los gastos que demanda su manutención.- Por ello solicito la autorización de venta.- Corrido traslado el Dr. Quiroga en representación de los hermanos y sobrinos del causante manifiesta que los mismos no pueden dar dicha autorización en función de un tramite de filiación que tramita por ante el Juzgado de Familia N° 11, y que a fs. 97/98 obra medida cautelar dispuesta en los autos N° 198-11-06, de suspender toda partición respecto de los bienes existentes en este sucesorio.- A lo que se provee, tengase presente.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro