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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37081
Fecha: 2005-11-22
Carátula: CREDIL S.R.L. C/MARINAO Sandra del Carmen S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 22 de Noviembre de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razòn líbrese oficio a la empleadora, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ l200 en concepto de capital reclamado en autos con más la suma de $ 480 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese a la accionada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro