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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 24637/10
Fecha: 2010-06-03
Carátula: CALMELS, FABIO RAUL S/ AMPARO
Descripción: medida cautelar
Expte.N° 24637/10-STJ-
///MA, 3 de junio de 2010.-
Por contestado el traslado conferido.-
A la medida cautelar solicitada:
Atento las razones dadas y debidamente fundamentadas a fs.16/18, no obstante las respuestas dadas por la obra social OSECAC a fs.29/31, en atención a la contundencia del informe médico presentado a fs. 33/34, concédese la medida cautelar de carácter urgente, ordenando a la Obra social OSECAC arbitre lo medios para conceder la cobertura médica requerida por el paciente Fabio Raúl CALMELS, disponiendo su traslado a la ciudad Automoma de Buenos Aires de modo inmediato al Instuto Flenni, con domicilio en Montañeses 2325 de dicha ciudad, para su resolución quirúrgica con carácter urgente ya que se encuentra en riesgo su vida. Todo ello sin perjuicio de las acciones de reintegro que correspondan. A estos fines presente el patrocinante, Dr. Ariel Gallinger, caución juratoria.- - - - - - - - - - - - - - - - - --
Notifíquese por cédula.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro