Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0536/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-11

Carátula: MANQUILEF DAMASIO S/ SUCESION

Descripción: sucesiones independientes-debe acreditar vinculo

EXPTE. N° 0536/2008

CARATULA: MANQUILEF DAMASIO S/ SUCESION

Viedma, junio de 2010.-

Toda vez que ambos sucesorios son independientes, hágase saber que a los fines de la debida acreditación del vínculo conforme fuera ordenado a fs. 51, deberá acompañar los instrumentos pertinentes o en su caso copias certificadas de las constancias mencionadas en el escrito en despacho.-

En su mérito, a lo peticionado, en este estado no ha lugar.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro