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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39839
Fecha: 2010-06-11
Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. c/CARIMAN Miguel Angel S/ Ejecutivo
Descripción: A CHEQUE
//neral Roca, 11 de Junio de 2010.-
Al punto I, estando vencido el traslado conferido a fs. 33 apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 31/32 por la suma de $245,95 al 26/05/10.-
Al punto II, líbrese cheque a la orden de la Dra. ELIZABETH QUESADA (DNI 16.638.486) por la suma de $ 148,13.- en concepto de: a cuenta de liquidación aprobada precedentemente (Cuenta Nro. 122022125).-
Al punto III, téngase presente.-
Al punto IV, amplíase el embargo trabado oportunamente a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el embargo trabado sobre los sueldos del demandado hasta cubrir la suma de $ 97,82 en concepto de capita con más la de $ 150.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán depositarse en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Se deja constancia que el monto de embargo surge de la liquidación aprobada menos el cheque ordenado precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En se libró cheque Nro. . Conste.-
En retiro cheque. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro