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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0973/00/6
Fecha: 2010-06-09
Carátula: FIERRO MARIA ELENA C/ BAHAMONDE CHODIL PEDRO MIGUEL Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: INTIMA A LA MUNICIPALIDAD DE DAR CUMPL. C EMBARGO
EXPTE. Nº : 0973/00/6.-
CARATULA: FIERRO MARIA ELENA C/ BAHAMONDE CHODIL PEDRO MIGUEL Y OTRO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, junio de 2010.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado a fs. 32 y teniendo en cuenta las constancias obrantes en la causa, en especial la obrante a fs. 28, líbrese oficio a la Municipalidad de Viedma, a los fines que informe los motivos por los cuales ha dejado depositar las sumas embargadas en autos y comunicado mediante oficio n° 2516/00, en su caso, intímase a dicho municipio a dar estricto cumplimiento con el embargo decretado , bajo apercibimiento de ley, debiendo transcribirse los arts. 398 y 399 del C. Pr..-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro