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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0616/01/5
Fecha: 2005-11-21
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CARDENAS SUSANA BEATRIZ S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0616/01/5.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ CARDENAS SUSANA BEATRIZ S/ EJECUTIVO".-
Viedma, noviembre de 2005.-
Por presentado, parte conforme el poder acompañado y con domicilio ya constituido.-
Tiénese presente la fianza ofrecida y la conformidad de la Caja Forense.-
Atento lo solicitado, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 421,44 por Honorarios de la Dra. Scoccia y la de $ 640,83 por capital, debiendose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del C. Pr. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
s.b.s.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro