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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39180
Fecha: 2010-06-08
Carátula: PEÑA Salvadora Elida c/ ARIZZI Eduardo S/ Prescripcion Adquisitiva (Ley 4142)
Descripción: Clausura-a DEFENSORA
//neral Roca, 08 de JUNIO de 2010.=
Téngase presente lo manifestado.
Certifique la actuaria.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Certifico: que habiendo vencido el período probatorio, se encuentra producida la totalidad de las pruebas ofrecidas por la actora.
Secretaría, 08 de JUNIO de 2010.
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 08 de JUNIO de 2010.
Atento lo peticionado y la certificación que antecede, clausúrase el término probatorio. Notifíquese a cuyo fin pasen los presentes al despacho de la Defensora Oficial, Dra. Silfeni.
FIRME la presente, pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro