Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0141/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-08

Carátula: SALAZAR DARIO Y OTRA C/ VILCA ROBERTO CARLOS Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 C.Pr . ORD. -Nueva

EXPTE. N° 0141/2010

CARATULA: SALAZAR DARIO Y OTRA C/ VILCA ROBERTO CARLOS Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, junio de 2010.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 01 de septiembre de 2.010 a las 10:30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-

De conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar.

Notifíquese por Secretaría.-

Sin perjuicio de ello y teniendo en cuenta lo que surge del reverso del escrito presentado, hágase saber al profesional interviniente que en lo sucesivo deberá presentar los escritos en debida forma (conf. art. 118 del C. Pr.).-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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