Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0976/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-08

Carátula: MEDINA OFELIA S/ SUCESION

Descripción: no ha lugar

EXPTE. Nº : 0976/2008.-

CARATULA: MEDINA OFELIA S/ SUCESION.-

Viedma, junio de 2010.-

Teniendo en cuenta que las sucesiones pueden tramitar en forma independiente debiendo en su caso y en su oportunidad proceder a inscribir la declaratoria de herederos en cada expediente y toda vez que no se advierten razones suficientes que ameriten la tramitación en conjunto, a lo solicitado no ha lugar.-

Rosana Calvetti

Juez

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