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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1098/2009
Fecha: 2010-06-08
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ SANTIÑAQUE SERGIO OMAR Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: VISTA A LA CF - LEVANTA EMBARGO - OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 1098/2009.-
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ SANTIÑAQUE SERGIO OMAR Y OTRO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, junio de 2010.-
Agréguese la boleta de depósito acompañada y del aporte efectuado, córrase vista a la Caja Forense.-
Tiénese presente lo manifestado. Atento a lo peticionado y previa conformidad de la Caja Forense, levántese el embargo decretado en autos. A los fines de la toma de razón, líbrense los correspondientes oficios a Viviendas Rionegrinas S.E. y Poder Legislativo.-
Atento el estado y constancias de la causa, déjese sin efecto la forma de percepción de fondos dispuesta a fs. 32, a sus efectos y para que proceda a informar las fechas, montos de los depósitos y extracciones realizadas en la cuenta de autos desde la apertura de la misma y hasta la fecha, y para que remita saldo bancario, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro