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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0730/2008
Fecha: 2010-06-08
Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION
Descripción: no hace lugar apercibimiento
EXPTE. N° 0730/2008
CARATULA: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION
Viedma, junio de 2010.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta las características y efectos del trámite en cuestión, al apercibimiento solicitado no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello y a los fines de requerir la conformidad de los herederos Daniel Enrique Arias y Valeria Adela Mercedes Arias con la propuesta efectuada a fs. 1526 notifíquese la misma en el domicilio constituido.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro