Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0730/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-08

Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION

Descripción: no hace lugar apercibimiento

EXPTE. N° 0730/2008

CARATULA: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION

Viedma, junio de 2010.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta las características y efectos del trámite en cuestión, al apercibimiento solicitado no ha lugar.-

Sin perjuicio de ello y a los fines de requerir la conformidad de los herederos Daniel Enrique Arias y Valeria Adela Mercedes Arias con la propuesta efectuada a fs. 1526 notifíquese la misma en el domicilio constituido.-

Rosana Calvetti

Juez

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