Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1167/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-08

Carátula: ACOSTA FRANCISCO SEBASTIAN C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES

EXPTE. Nº 1167/2009

CARATULA: ACOSTA FRANCISCO SEBASTIAN C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, junio de 2.010.-

Por presentado, parte a tenor del poder acompañado y constituido el domicilio.-

Por contestada la demanda.-

Por opuesta excepción, de la misma córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá integrar la suma de $ 15,90 en concepto de diferencia en bono aporte Ley 2897.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro