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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00304-034-08
Fecha: 2010-06-07
Carátula: TACUL SA / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Hace efectivo apercibimiento por no ratificar
Expediente Nro.00304-034-08
San Carlos de Bariloche, 7 de junio de 2010
A fs.91. No habiéndose cumplimentado con la intimación de fs. 90, hágase efectivo el apercibimiento de ley (art. 48 CPCC). Declárase la nulidad de la presentación de fs.88/90. AL ACUERDO.
A fs. 92. Estése a lo dispuesto precedentemente.
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro