Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0385/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-03

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CORTES ELDA ADELIA ASCENCION Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: DECL. NEGLIGENCIA - JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0385/2004.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CORTES ELDA ADELIA ASCENCION Y OTROS S/ ORDINARIO.-

Viedma, junio de 2.010.-

1) Conforme lo solicitado y toda vez que la parte demandada, no ha instado la producción de la prueba instrumental al Tribunal de Cuentas de la Provincia y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 176, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-

2) Atento lo peticionado, certifique el Actuario el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

a.p..-

Rosana Calvetti

Juez

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