Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0010/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-06-03

Carátula: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS, DE EXPORTACION Y DE CREDITO COMARCA LIMITADA C/ BOBADILLA VILMA GLADYS S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO

EXPTE. Nº : 0010/2010.-

CARATULA: "COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS, DE EXPORTACION Y DE CREDITO COMARCA LIMITADA C/ BOBADILLA VILMA GLADYS S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, junio de 2010.-

Atento lo manifestado y peticionado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada VILMA GLADYS BOBADILLA (D.N.I. nº 20.123.455) como empleada de la Policía de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 1.471 en concepto de capital, intereses, honorarios y gastos causídicos, con más la suma de $ 184 presupuestado provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma-.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro