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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 27142IV
Fecha: 2010-06-03
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/NOEL Eduardo y Otra S/ Sumario
Descripción: se ordena embargo y reinscripción inhibición general.-
//neral Roca, 03 de JUNIO de 2010.-
Al punto I, II y IV, téngase presente los bienes denunciados a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios al BANCO DE LA NACION ARGENTINA respecto del demandado SR. EDUARDO NOEL - debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos y HOSPITAL DE HAEDO con relación a la codemandada ANA MARIA DRAGO, haciendose efectiva la medida -en el porcentaje establecido por ley respecto de esta última - hasta cubrir las sumas de $ 5.111,95 en concepto de capital (sentencia definitiva dictada a fs.81/82) con más la suma de $ 2.400 calculados para intereses y costas.
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a los demandados los embargos precedentemente ordenado.-
Al punto III, en atención a lo peticionado, procédase a la reinscripción de la Inhibición General de Bienes decretada y anotada en autos a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al RPI y RPA correspondientes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro