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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39904
Fecha: 2010-05-31
Carátula: CAZORLA Carlos Alberto S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: traslado (art.81 del CPC).-
//neral Roca, 31 de MAYO de 2010.-
Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Atento el estado de autos, de las pruebas producidas, traslado a las partes por el término de CINCO DIAS (art.81 del CPC).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro