Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39682

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-28

Carátula: STAZIONATI Jorge Alberto S/ Sucesión

Descripción: regulación

General Roca, 28 de mayo de 2010.-s

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas y por oblado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-

Regulo por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Sebastián Orlando Rey en la suma de $ 770.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 385.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 11.000 -fs. 33- arts. 6, 7 24 y 43 L.A. 2412).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas en la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.)

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Previo a ordenar el fociio al Registro de la Propiedad del Automotor deberá acompañarse libre inhibición del causante.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro