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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0471/2007
Fecha: 2010-05-27
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ URQUILUX RAUL ANTONIO Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION
EXPTE. Nº 0471/2007
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ URQUILUX RAUL ANTONIO Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2010.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 45 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 185 al 31/03/2010, descontado que fuera el rubro consignado de $ 150 toda vez que dicha suma ha sido consignada en la sentencia de fs. 12 como prespuesto de intereses y costas.-
Teniendo en cuenta lo que surge del saldo bancario acompañado y en atención a que de las constancias de la causa debería existir el monto presupuestado a fs. 17 ($ 150), líbrese oficio al Banco Patagonia S. A. a efectos de que se expida con relación a ello y en su caso emita un nuevo informe.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro