Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0430/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-26

Carátula: MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE C/ ANDRES CHRISTIAN JAVIER S/ DESALOJO

Descripción: INICIA DESALOJO LA PROVINCIA (ART. 5TO. LEY 2.629)

EXPTE. Nº : 0430/2010.-

CARATULA: "MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE C/ ANDRES CHRISTIAN JAVIER S/ DESALOJO"

Viedma, de mayo de 2010.-

Por presentada, parte en el carácter que invoca y por constituído el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-

Por promovida demanda de desalojo en los términos de la ley A 2629. Córrase traslado al demandado por el término de siete (7) días para que dentro de dicho plazo produzca su descargo (arts. 5to. ley cit. y 158 CPCC). Notifíquese por cédula en el domicilio del inmueble en cuestión, quedando el Sr. Oficial de Justicia interviniente facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio, debiendo identificar a todos los ocupantes del inmueble e informar el carácter que éstos invoquen, comunicándoles que la resolución que se dicte producirá efecto contra ellos. Tiénese presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

A la medida cautelar peticionada no ha lugar, teniendo en cuenta las características de la presente acción.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro