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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0430/2010
Fecha: 2010-05-26
Carátula: MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE C/ ANDRES CHRISTIAN JAVIER S/ DESALOJO
Descripción: INICIA DESALOJO LA PROVINCIA (ART. 5TO. LEY 2.629)
EXPTE. Nº : 0430/2010.-
CARATULA: "MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE C/ ANDRES CHRISTIAN JAVIER S/ DESALOJO"
Viedma, de mayo de 2010.-
Por presentada, parte en el carácter que invoca y por constituído el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por promovida demanda de desalojo en los términos de la ley A 2629. Córrase traslado al demandado por el término de siete (7) días para que dentro de dicho plazo produzca su descargo (arts. 5to. ley cit. y 158 CPCC). Notifíquese por cédula en el domicilio del inmueble en cuestión, quedando el Sr. Oficial de Justicia interviniente facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio, debiendo identificar a todos los ocupantes del inmueble e informar el carácter que éstos invoquen, comunicándoles que la resolución que se dicte producirá efecto contra ellos. Tiénese presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-
A la medida cautelar peticionada no ha lugar, teniendo en cuenta las características de la presente acción.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro