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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 24616/10
Fecha: 2010-05-26
Carátula: CATEDRAL ALTA PATAGONIA S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA COPIAS ART.250 CPCC S/ APELACIÓN
Descripción: Apelac-vista Proc.Gral..
Expte. N°24616/10-STJ-
Señor Presidente:
Informo a Ud. que el señor Presidente de la Cámara de Apelaciones Civill, Comercial y de Minería de la Iera. Circunscripción Judicial con sede en esta ciudad de Viedma, remite las presentes actuaciones en razón del recurso de apelación interpuesto a fs. 13/14 y concedido a fs. 15, en relación y con efecto devolutivo, fundamentado a fs. 16/20 por el Apoderado de la Provincia de Río Negro, contra la sentencia de fs. 6/10, contestado a fs.22/31 por el apoderado de Catedral Alta Patagonia S.R.L.- Conste.-
Secretaria, 21 de mayo de 2010.-
EZEQUIEL LOZADA
SECRETARIO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
///MA, de mayo de 2010.-
-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Previo a resolver el recurso de apelación deducido y sustanciado en autos, córrase vista a la señora Procuradora General (art.11 Ley K Nº 4199).- - - - - - - - - - - - - - - - --
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Poder Judicial de Río Negro