Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 24616/10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-26

Carátula: CATEDRAL ALTA PATAGONIA S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA COPIAS ART.250 CPCC S/ APELACIÓN

Descripción: Apelac-vista Proc.Gral..

Expte. N°24616/10-STJ-

Señor Presidente:

Informo a Ud. que el señor Presidente de la Cámara de Apelaciones Civill, Comercial y de Minería de la Iera. Circunscripción Judicial con sede en esta ciudad de Viedma, remite las presentes actuaciones en razón del recurso de apelación interpuesto a fs. 13/14 y concedido a fs. 15, en relación y con efecto devolutivo, fundamentado a fs. 16/20 por el Apoderado de la Provincia de Río Negro, contra la sentencia de fs. 6/10, contestado a fs.22/31 por el apoderado de Catedral Alta Patagonia S.R.L.- Conste.-

Secretaria, 21 de mayo de 2010.-

EZEQUIEL LOZADA

SECRETARIO

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

///MA, de mayo de 2010.-

-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Previo a resolver el recurso de apelación deducido y sustanciado en autos, córrase vista a la señora Procuradora General (art.11 Ley K Nº 4199).- - - - - - - - - - - - - - - - --

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Poder Judicial de Río Negro