Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23490/08

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-26

Carátula: BORELLI, CARLOS Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO LEY 2779

Descripción: Prov.vs.

Expte.Nº 23490/08-STJ-

///MA, 26 de mayo de 2010.-

Atento el estado de las presentes actuaciones, requiérase a la Empresa FERROSUR ROCA S.A. para que informe en el plazo de 10 días si existe un proyecto en el que se contemple el traslado de la planta de J.J.Gomez a la localidad de Guerrico, teniendo en consideración lo manifestado a fs. 164 por la Subsecretaría de Gestión Ambiental del CODEMA, donde se señala que la única alternativa ambientalmente sustentable es el cumplimiento del traslado de la actividad de carga y acopio de Yeso a la localidad de Guerrico.- - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Notifíquese por cédula a las partes.- - - - - - - - - - - -

Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro