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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0660/2005
Fecha: 2005-11-18
Carátula: ORTIZ CARLOS AUGUSTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: prov
EXPTE. N° 0660/2005
CARATULA: ORTIZ CARLOS AUGUSTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Viedma, noviembre de 2005.-
Por recibido.-
Toda vez que de las constancias de autos surge que la acción principal tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial n° 1, de conformidad a lo dispuesto en el art. 6 inc. 5° del C.Pr. declárome incompetente para entender en las presentes actuaciones y en consecuencia remítanse las mismas al mencionado Juzgado, sirviendo la presente de atenta nota.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro