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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0422/2010
Fecha: 2010-05-21
Carátula: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS, DE EXPORTACION Y DE CREDITO "COMARCA" LTDA. C/ CAMBARERI PALACIO OLGA ROSANA S/ EJECUTIVO
Descripción: PREVIO ACLARAR
EXPTE. Nº : 0422/2010.-
CARATULA: "COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS, DE EXPORTACION Y DE CREDITO "COMARCA" LTDA. C/ CAMBARERI PALACIO OLGA ROSANA S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, mayo de 2010.-
Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada y resérvese la original en Secretaría.-
Previo a todo, existiendo diferencia en el apellido de la demandada conforme surge del documento y del escrito de inicio, aclárese.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que la reposición de aportes y sellados faltantes por Impuesto de Justicia: $ 17,64; sellado de actuación: $ 4,40 y Aporte al Colegio Abogados: $ 8,42 se ordena con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro C-132/10. Conste.-
Secretaría, mayo de 2010.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro