Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39641

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-20

Carátula: VIVEROS SUR S.R.L. c/MUÑOZ Elsa Beatriz S/ Sumarísimo

Descripción: vta. despacho para not///Preliminar

General Roca, 20 de mayo de 2010.-s

Conforme con lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada e informando la Actuaria en ese acto, que el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho se encuentra vencido, sin que lo hubiere efectuado, désele por perdido el derecho que para hacerlo tenia y en mérito a lo solicitado, haciendose efectivo el apercibimiento que dispone el art. 59 del C.P.C.y C. declárase rebede en el juicio al demandado Elsa Beatriz Muñoz.- Notifiquese esta providencia en la forma prevista por la citada disposición legal.-

A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 18 de junio de 2010 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente (art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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