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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37616
Fecha: 2010-05-20
Carátula: MARILE Victor y Otros c/GIMENEZ Elsa E. y Otro S/ Ordinario
Descripción: se deja sin efecto auto para resolve
General Roca, 20 de mayo de 2010.-
Advirtiéndose que la parte actora contesta subsidiariamente el traslado de las excepciones de prescripción y caducidad, tengase por contestada la misma en legal tiempo y forma.-
No habiéndose cumplido con la notificación a la contraria del traslado de la revocatoria, déjese sin efecto el auto para resolver de fs. 107.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro