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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00245-027-07
Fecha: 2010-05-19
Carátula: SISARIC IVAN / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: CONTENCIOSO- Por secretaría certifíquese vencimiento prueba
Expediente Nro.00245-027-07
CERTIFICACION DE PRUEBA:
Sr.Presidente: Certifico en cuanto ha lugar y por derecho que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiéndose producido la siguiente:
ACTORA:
Instrumental: La ofrecida a fs.45,
punto 1) autos: "Sisaric Ivan C/MSCB s/Amparo por mora" agregada por cuerda a los presentes.
Punto 2) agregada a los presentes a fs. 53/168.
Punto 3) no se produjo
Punto 4) agregada a los presentes a fs. 9/15.
punto 5) agregada a los presentes a fs. 16/20
punto 6) agregada a los presentes a fs. 2/4.
punto 7) agregada a los presentes a fs. 21/32
Pericial contable: Ofrecida a fs. 209 (contador Fernando Gonzalez) y producida a fs. 256/261.
DEMANDADA:
Pericial contable: Ofrecida a fs. 209 (contador Fernando Gonzalez) y producida a fs. 256/261.
Documental: Ofrecida a fs. 185 6a. y agregada a fs. 53/168.
Instrumental: Ofrecida a fs. 185 in fine. No se produjo.
Secretaría, 18 de mayo de 2010
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 19 de mayo de 2010
Téngase presente la certificación que antecede. Clausúrase el período probatorio. Notifíquese.
Cumplido. Pónganse los autos a disposición de las partes a los fines de los alegatos (art. 482 CPCC).
LUIS MARIA ESCARDO
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro