Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0337/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-18

Carátula: JOUAS ILDA ALIDA MARCELINA S/ SUCESION

Descripción: ACLARATORIA POR EL NOMBRE

Viedma, mayo de 2.010.-

Y VISTOS: los presentes obrados caratulados: JOUAS ILDA ALIDA MARCELINA S/ SUCESION Expte. nº 0337/2009.-

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 28 se presenta el sr. Angel Luis Hidalgo, heredero declarado en autos, solicitando se rectifique el apellido de la causante, toda vez que manifiesta que se ha consignado en forma errónea en la declaratoria de herederos dictada a fs. 26.-

Que a fs. 41 el Registro Público de Juicios Universal informa que no obra en ese organismo el inicio de juicio sucesorio a nombre de Ilda Alida Marcelina Jouas.-

Que a fs. 42/43 y a fs. 49, respectivamente, los testigos propuestos son contestes en afirmar que el apellido de la causante era "Jouas" y no "Jovas".-

Que atento lo peticionado, teniendo en cuenta las constancias de autos, en especial lo que surge de las copias certificadas de las partidas de defunción y de nacimiento, el informe del Registro Público de Juicios Universales, la información sumaria producida y conforme lo dispuesto en el art. 166 inc. 2 del C. Pr., corresponde rectificar el apellido de la causante en el Auto Interlocutorio nº 540, folio nº 724 de fecha 28/09/09 en el sentido que el apellido correcto de la causante es JOUAS.-

RESUELVO:

I.- Rectificar el Auto Interlocutorio nº 540, folio nº 724 de fecha 28/09/09 en el sentido que el apellido correcto de la causante es JOUAS.-

II.- Recaratúlense las actuaciones, dejándose constancia en el Libro respectivo.-

III.- A los fines de la rectificación ordenada, líbrese oficio al Registro Público de Juicios Universales.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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