Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0613/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-18

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ RUCCI ALFREDO SERGIO S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA AL DEMANDADO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: ALFREDO SERGIO RUCCI

Domicilio: RIO DE LOS SAUCES Nº 254, PISO 2º, DPTO. 7 (REAL)

Ciudad: VIEDMA - R.N.

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CREDIL S.R.L. C/ RUCCI ALFREDO SERGIO S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0613/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, mayo de 2.010.- ... Atento el estado de autos, hágase saber al demandado la existencia de saldo remanente a su favor. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-

NOTA: se le hace saber que la suma para cobrar es de $ 1.279,62 para su percepción deberá concurrir a este Juzgado munido de su documento de identidad cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 hs. a 11.00 hs..-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de mayo de 2010.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro