Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31947III

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-18

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/BENEGA Alejandro S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena levantamiento de embargos.-

//neral Roca, 18de MAYO de 2010.-

Al punto I, agréguense las boletas de aportes acompañadas.-

Al punto II, atento el estado de autos y lo oportunamente peticionado por el letrado apoderado de la parte actora procédase al levantamiento de totalidad de las medidas cautelares ordenadas y trabadas en estas actuaciones (INHIBICIONES Y EMBARGOS), a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al Registro de la Propiedad Inmueble, Dirección Naciconal de los Registros de la Propiedad Automotor de Capital Federal en los términos de la Ley 22172, a la empleadora firma Lihuen SA, Banco de la Nación Argentina suc. Catriel, HSBC Bank Argentina SA suc.General Roca y al Registro de la Propiedad Automotor No DOS de Cipolletti.-

Al OTRO SI DIGO: Téngase presente lo manifestado por los Dres. MATIAS LAFUENTE Y MARCELO AVILA.-

AL OTRO SI DIGO: Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense con los aportes efectuados.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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