Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0041/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-17

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CARDOZO JOSE ANGEL Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION RE3G HON EJ SENT - CHEQUE

EXPTE. No 0041/2009

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ CARDOZO JOSE ANGEL Y OTRA S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2010.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 33 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 350,39 importe calculado al 30-04-2010.-

Agréguese el saldo bancario acompañado.-

Atento el estado de autos y constancias de la causa, líbrese orden de pago a favor de la Dra. María Marcela Savioli (D.N.I. Nº 21.618.121) por la suma de $ 350,39 en concepto de capital.-

Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. María Marcela Savioli por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 429. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Orden nº 7976

jc

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro