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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39473
Fecha: 2010-05-14
Carátula: AVACA Carlos S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 14 de MAYO de 2010.=
Agréguese.
Por la primera y segunda etapa regulo los honorarios del Dr, Tristán Cardin Salvucci en la suma de $ 103.160.- (M.B. $ 850.217.- fs. 54 y 59, arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Previo a regular por la tercer etapa deberá completarse las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones de los inmuebles y automotores como asimismo libre deudas de la Municipalidad, Rentas y Aguas Rionegrinas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro