Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0388/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-13

Carátula: OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (OSECAC) C/ NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: expte. recibido-art. 21 LCQ

EXPTE. N° 0388/2010

CARATULA: OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (OSECAC) C/ NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ EJECUCION FISCAL

Viedma, mayo de 2010.-

Atento que las presentes actuaciones han sido remitidas en los términos del art. 21 de la L.C.Q. y si bien originalmente fueron agregadas al concurso preventivo de Roberto Cesario Nuñez (reservadas en Secretaria bajo registro n° N-04/10), corresponde que las mismas sean radicadas en este Juzgado efectuándose las registraciones correspondientes. Hágase saber a las partes. Notifíquese.-

Sin perjuicio de ello, atento las constancias de autos y en atención a la modificación del art. 16 de la ley 24522 efectuada por la ley 26086, líbrese oficio al Banco Nación, a efectos que proceda a transferir los fondos existentes en la cuenta nº 37009900076693 de autos, a una cuenta judicial a nombre de la sra. Juez y como perteneciente a los autos caratulados: Nuñez Roberto Cesario s/ Concurso Preventivo, Expte. n° 977/2009, debiendo informar a este Juzgado el cumplimiento de la medida ordenada.-

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