Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0567/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-11

Carátula: FERNANDEZ HECTOR MANUEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ USUCAPION

Descripción: SE PRESENTA LA PRN OPONE EXCEPCION Y CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº : 0567/2003.-

CARATULA: FERNANDEZ HECTOR MANUEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ USUCAPION.-

Viedma, mayo de 2010.-

Por presentado, parte y constituído el domicilio.-

Por contestada la demanda.-

Por interpuesta excepción, de la misma y de la documental acompañada, córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá integrar la suma de $ 15,90 en concepto del aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro