Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1618/99/6

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-17

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ PEREZ PAULA ADRIANA S/ EJECUTIVO

Descripción: prov

EXPTE. N° 1618/99/6

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ PEREZ PAULA ADRIANA S/ EJECUTIVO

Viedma, noviembre de 2005.-

Por presentado, parte en representación de la Dra. Ana Carolina Scoccia.-

Atento las constancias de autos y a los fines de comunicarle que deberá entregar entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia hasta la suma de $ 336,76 por intereses de honorarios, Caja Forense e I.V.A. y al Dr. Cristian Mildenberger hasta la suma de $ 1.421,33 en concepto de capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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