Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0588/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-10

Carátula: BALOGH JUAN ANDRES C/ MAZZEI MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ ORDINARIO S/ INCIDENTE DE REAJUSTE DE ACUERDO HOMOLOGADO

Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN

EXPTE Nº 0588/2008

BALOGH JUAN ANDRES C/ MAZZEI MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ ORDINARIO S/ INCIDENTE DE REAJUSTE DE ACUERDO HOMOLOGADO

Viedma, mayo de 2.010.-

Agréguese la cédula recibida.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no ha sido notificada la resolución de fs. 159, conforme fuera ordenado a fs. 162, corresponde decretar la nulidad de la notificación de conformidad con lo establecido en el art. 149 del CPCC, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

e.z

Rosana Calvetti

Juez

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