Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39380

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-06

Carátula: CREDIL S.R.L. c/IBAÑEZ Nora Elizabeth S/ Ejecutivo

Descripción: honorarios

General Roca, 06 de mayo de 2010.-

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 9, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-

Regulo los honorarios por acrecidos a favor de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 100.- (M.B. $ 779,22 extracciones de fs. 21 $ 384,70, fs. 37 $ 60,15 y fs. 65 $ 334,37).- ( arts. 6, 6 bis, 7 y 40 de la ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a traves de aquella.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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