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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0242/2010
Fecha: 2010-05-05
Carátula: ALBRECHT SILVIA BEATRIZ S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: SENT. B.L.S.G. CONCEDIDO
Viedma, mayo de 2.010.-
Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "ALBRECHT SILVIA BEATRIZ S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" Expte. n° 0242/2010; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 6 compareció la sra. Silvia Beatriz Albrecht, por intermedio de apoderada, solicitando se le otorgue el beneficio de litigar sin gastos, atento que debe tramitar los autos caratulados "Albrecht Silvia Beatriz c/ Clínica Viedma S.A. s/ Ordinario" Expte. nº 953/09 y no posee recursos económicos suficientes para costear los gastos que el juicio demanda. Ofreció prueba, fundó en derecho y concretó su petitorio.-
Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos a quien careciera de recursos suficientes para solventar los gastos que le demanda la defensa judicial de sus derechos.-
Que del informe del Registro de la Propiedad Inmueble obrante a fs. 14 surge que la peticionante no posee bienes a su nombre.-
Que en las declaraciones obrantes a fs. 23, 24 y 25 los testigos son contestes en afirmar que la peticionante es persona de escasos recursos económicos, situación que es corroborada con lo que surge del recibo de haberes de fs. 5.-
Que atento las pruebas rendidas y el objeto perseguido con la petición, corresponde hacer lugar a lo solicitado, a los fines de la tramitación de los autos caratulados "Albrecht Silvia Beatriz c/ Clínica Viedma S.A. s/ Ordinario" Expte. nº 953/09.-
Por lo expuesto y lo establecido en el art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial,
RESUELVO:
I.- Conceder el beneficio de litigar sin gastos, hasta que mejore de fortuna a SILVIA BEATRIZ ALBRECHT para la tramitación del juicio "Albrecht Silvia Beatriz c/ Clínica Viedma S.A. s/ Ordinario" Expte. nº 953/09.-
II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro