Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0335/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-05-04

Carátula: QUIROGA BENITO DIEGO C/ FAZIO ADALBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ OFICIO

Descripción: AUDIENCIA TESTIMONIAL CON SUPLETORIA

EXPTE. Nº 0335/2010

CARATULA: QUIROGA BENITO DIEGO C/ FAZIO ADALBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ OFICIO

Viedma, mayo de 2.010.-

Por presentado, parte conforme la autorización conferida y constituido el domicilio.-

Sin perjuicio de la Jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria. A los fines de que los Sres. Gerardo Luis Henry y Felipe Florencio Jacob comparezcan a prestar declaración testimonial fíjase audiencia para el día 02 de agosto de 2010 a las 09:30 y 10:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 09 de agosto de 2010 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-

Previo a todo, repóngase la suma de $ 13,30 en concepto de Aporte al Colegio de Abogados y $ 15,90 en concepto de diferencia pago mínimo del Bono Ley 2897.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro