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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35585
Fecha: 2010-05-04
Carátula: GARCIA Eduardo Gines c/El PROGRESO + ASTRO Cia. de Seguros SA S/ Sumario
Descripción: regulación al perito Albornoz//VTA a despacho para hacer cedula
General Roca, 4 de mayo de 2010.-s
No habiéndose regulado honorarios al perito accidentológico, ( fs, 353) y la tarea desarrollada a fs. 242/244, 253, 254, regulo los honorarios profesionales del perito Mario Héctor Albornoz en la suma de $250.- (M.B. $ 4.200.-)
Notifíquese los mismos por Secretaría.-
Concédese el préstamo solicitado por el término de un día.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro