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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39908
Fecha: 2010-05-04
Carátula: BICHARA Victor Alberto S/ Sucesión
Descripción: declaratoria
General Roca, 04 de mayo de 2.010.-
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “BICHARA Victor Alberto S/SUCESION” (EXPTE. N° 39.908-III-09).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Victor Alberto Bichara, ocurrido el día 31 de octubre de 2009 en San Pablo, República Federativa de Brasil, según constancias de fs. 17 (copia de fs.2).-
El causante era de estado civil soltero, sin descendientes, hijo de David Bichara y Victoria Dabaghie (ambos fallecidos), nacido el 27 de febrero de 1930 en Comallo, provincia de Río Negro, lo que se acredita con la constancia de fs. 32 (copia de fs.13).-
David Bichara falleció el 29 de diciembre de 1974 en General Roca, Rio Negro, lo que se acredita con el certificado de defunción de fs. 27 (copia de fs.11).-
Victoria Dabaghie falleció el 18 de mayo de 1980 en General Roca, Río Negro, lo que se acredita con el certificado de nacimientod e fs. 28 (copia de fs.12).-
De la unión de David Bichara y Victoria Dabaghie, nacieron el causante y Eduardo Pedro Bichara: el 22 de octubre de 1.926 en Comallo, provincia de Río Negro, lo que se acredita con la constancia de fs. 29 (copia de fs.14).-
A fs. 44 se aprueba la información sumaria en la que se tiene por acreditado que el último domicilio del causante era la ciudad de General Roca, Río Negro y se declara competente el Tribunal para entender en el sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs.47/8 obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs.49/54, lucen agregados periódicos que acreditan la corrrespondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando asimismo que no se han presentado más interesados ni herederos que el precedentemente indicado.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3585 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Victor Alberto Bichara, le sucede en caracter de único y universal heredero su hermano Eduardo Pedro de apellidos Bichara Dabaghie.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 04 de mayo de 2010.-
Proveyendo a fs. 62: Téngase por presentado en el carácter invocado, hágase saber que para intervenir en estas actuaciones en que tramita la sucesión, deberá acompañarse poder especial art.1181 inc.16 del C.C..-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro